- La constante evolución de la industria tecnológica invita a revisar las obligaciones de las empresas en un escenario cada vez más complejo.
La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados despachó el proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales. La iniciativa ahora se deberá votar en la sala con suma urgencia.
Entre las modificaciones más relevantes destacamos:
I. Bases de licitud
La regla general del tratamiento de datos personales será el consentimiento del titular, el que podrá otorgarse mediante una declaración verbal, escrita o a través de un medio electrónico equivalente, o bien, mediante un acto afirmativo que exprese con claridad de la voluntad del titular. Además, se incorporan otras fuentes de licitud como la ejecución de un contrato y el interés legítimo de las empresas.
II. Fuentes de acceso público
Se elimina la posibilidad de que las fuentes de acceso público sean una excepción al consentimiento del titular y al principio de finalidad. Esto quiere decir que si se ocupa esta hipótesis en el tratamiento de datos se deberá justificar adecuadamente.
III. Institucionalidad
Se definió que el ente regulador será una agencia especializada que contará con autonomía para fiscalizar y sancionar.
IV. Transferencia internacional de datos
Se permitirá la transferencia internacional de datos -en aquellos casos en que no se cumplan los supuestos mencionados por ley- cuando el órgano fiscalizador pueda autorizar dichas transferencias tomando en consideración garantías adecuadas en relación con la protección de los derechos de las personas. La idea de este artículo es que se puedan proteger las garantías, pero a la vez se permita el libre flujo de datos, aportando así al crecimiento de la economía digital.
V. Multas
Según las últimas indicaciones aprobadas existirán topes en las multas. Así, en el caso de infracciones graves, las multas son del 2% de los ingresos de la empresa del año anterior con un máximo de 10.000 unidades tributarias mensuales. Mientras que, en relación a infracciones gravísimas, las multas serán del 4% de los ingresos de la empresa del año anterior con un tope de UTM 20.000.
En az Tech estamos comprometidos con la difusión de estos temas, por lo que estaremos informando oportunamente los resultados de la votación durante los próximos días.
Para obtener más información pueden contactar a:
Francisca Franzani | Directora grupo Compliance | ffranzani@az.cl
Constanza Pasarin | Asociada | cpasarin@az.cl